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Renovación de empresa

Realiza tu renovación de inscripción o matrícula y la de tus establecimientos de comercio a través de este servicio. Disponible tanto para personas naturales como jurídicas, inscritas en la Cámara de Comercio. ¡Ahora es más rápido y sencillo!

Paso a paso para renovar en línea

  1. Ingresa con tu correo o número de celular y escoge la cuenta con la cual deseas renovar.
  2. Haz clic en renueva aquí y diligencia el NIT o identificación sin puntos ni digito de verificación.
  3. Diligencia el valor de los activos y conocerás el valor a pagar.
  4. Durante la renovación puedes actualizar tu dirección, correo electrónico, teléfono, actividades económicas e información financiera.
  5. Si los activos son inferiores a los presentados en la renovación anterior, debes adjuntar balance a corte del 31 de diciembre del año inmediatamente anterior firmado por un contador.
  6. Puedes incluir la compra de un certificado durante la renovación.
  7. Escoge el método de pago de tu preferencia.

Calcula tu renovación

¡Conocer el valor de tu renovación nunca fue tan fácil! Con esta herramienta podrás calcular de manera ágil, cuál es el valor correspondiente a la renovación de tu matrícula mercantil o inscripción en el Registro Único Empresarial y Social RUES.

Beneficios de renovar tu empresa

¡Los beneficios de renovar tu empresa son muchos! Aquí te mencionamos algunos de los que podrás obtener si renuevas oportunamente antes del 31 de marzo.

  1. ¡Más conocimiento y formación para tu negocio!: Participa gratis en webinars y eventos presenciales.
  2. ¡Conectado con las empresas más relevantes del mercado!, accede gratuitamente a la base gremial más grande del país.
  3. Participa en programas y convocatorias para hacer crecer tu negocio.
  4. (1) membresía gratuita en la plataforma que te permite vender y comprar local e internacionalmente.
  5. ¡Más crecimiento! Encuentra opciones de financiamiento y créditos para tu negocio.
Banner beneficios de renovación

Así de fácil puedes renovar tu registro

En línea

Es muy fácil, ingresa al link, rellena los datos y realiza el pago.

En la sede de tu empresa

Pide el servicio con nuestros agentes a través de nuestra línea 605 330 37 00 o solicita el servicio a través de nuestro link.

Con nuestros corresponsales CCB

Encuentra el Corresponsal CCB más cercano y renueva con su ayuda.

En nuestros puntos empresario

Encuentra nuestra sede más cercana y renueva con su ayuda..

Preguntas Frecuentes

¿Cuál es el plazo para renovar la matrícula mercantil?

La renovación de la matrícula mercantil debe efectuarse dentro de los tres primeros meses de cada año. Es decir hasta el 31 de marzo de cada año.

¿A qué me expongo si no renuevo mi Registro Mercantil?
  1. A que mi certificado sea marcado como comerciante no cumplidor del deber de renovar.
  2. A requerimientos por parte de la policía según el CNP por la no formalidad del registro mercantil.
  3. A sanciones o multas por parte de la Superintendencia.
¿Qué información financiera debo reportar al momento de renovar la matrícula mercantil?

Para renovar la matrícula en un año determinado, debes tener en cuenta la información financiera a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. De no contar con el balance definitivo, puedes usar el balance de prueba y una vez tenga el definitivo presentarlo para la reliquidación y actualización correspondiente.

Si no tengo correo electrónico, ¿puedo presentar mi renovación y después lo traigo?

No. El correo electrónico es obligatorio reportarlo en la renovación, así lo estableció la Superintendencia de sociedades, para la prevención de fraudes, la CCB se debe abstener de no recibir el trámite de renovación los campos de “correo electrónico” y “correo electrónico de notificación” previstos en el formulario RUES serán de obligatorio diligenciamiento en todos los registros.

¿Qué información puedo modificar en la renovación?

Durante la renovación de la matricula mercantil, podrás modificar los datos básicos de la empresa o entidad, tales como dirección (Para las personas jurídicas dentro del municipio o domicilio), teléfono, correo electrónico, códigos de actividad económica, información financiera.

Si mis activos son inferiores en la renovación, ¿por qué debo aportar balances?

El Código de Comercio faculta a la las cámaras de comercio para requerir información adicional, referente a la información que reposa en los formularios de renovación.

¿Qué debo adjuntar si me acogí el año anterior a la Ley 1780?

Si al momento de realizar tu registro por primera vez, te acogiste a los beneficios de la Ley 1780; al momento de la renovación debes adjuntar:
1. Estados financieros a corte 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.
2. Fotocopia de cédulas de los accionistas.
3. Formato de Ley 1780 diligenciado.

¿Cuál es el beneficio en la renovación por acogerme a la Ley 1780?

El beneficio otorgado para el primer año de renovación, es la exención del concepto de renovación de la matricula de la persona jurídica o persona natural. Si tienes establecimientos registrados, deberás cancelar los respectivos derechos de renovación por cada uno de ellos.

¿Por qué me dicen que tiene que venir el gerente o comerciante, cuando me dicen que la matricula está INACTIVA y no puedo presentar mi trámite?

La circular 05 del 2014 de la SIC, estableció el sistema de prevención de fraudes SIPREF. En ella se indica que todo inscrito en CCB que no haya efectuado trámite alguno por más de tres años, se considera inactiva, y la renovación o cualquier trámite solo la pueden presentar el representante legal INSCRITO en nuestras pantallas, socios , revisor fiscal o miembros de junta directiva , dependiendo del tipo de sociedad o entidad

¿Cómo renuevo si debo mas de 3 años?

Puedes hacerlo a través de la sede virtual con la cuenta registrada de tu empresa o negocio (La cuenta debe estar creada con el correo que esta reportado en tu registro mercantil) o puedes acercarte a nuestros puntos empresarios con el formulario de renovación y anexos correspondientes.

¿Cómo saben ustedes cuanto debo pagar por renovación?, ¿De dónde sale ese valor?

Para poder efectuar la liquidación del valor que debes pagar por concepto de renovación, se toma como base los activos de la empresa. Ésta información es la que se indican en los formularios de renovación. El Gobierno Nacional establece todos los años una tabla en la que se establecen rangos para la tarifa a pagar.

¿Las entidades sin ánimo de lucro deben renovar?

Sí, es obligatorio renovar su inscripción antes del 31 de marzo. Es importante tener en cuenta que aunque por regla general no tienen matricula mercantil porque son entidades sin ánimo de lucro, pero la ley les obliga a hacerlo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo.

¿La renovación del RUP -Registro Único de Proponentes- es obligatoria a 31 de marzo también?

No, la ley establece un plazo para el RUP de realizar la renovación hasta el quinto día hábil del mes de abril, pero debes tener en cuenta que la información del Registro Mercantil, complementa la del RUP.

¿Las sociedades civiles están obligadas a renovar?

Si, deben renovar a partir del año 2013, de conformidad con lo establecido en el artículo 166 del decreto 19 de 2012.

¿Qué datos de mi matricula no puedo cambiar en mi renovación?

La renovación es una actualización por lo que todos los datos pueden ser cambiados excepto el cambio de nombre de establecimiento el cual debe hacerse por formato aparte y debes cancelar sus derechos de inscripción.

Cámara de Comercio de Barranquilla Oficina Administrativa: Dir: Antiguo Edificio de la Aduana Vía 40 No. 36-135. Barranquilla (Atlantico), Colombia

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Correo electrónico para notificaciones judiciales

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